Taller online100% Práctico: “Las Otras Retenciones” Impositivas que deben hacer los Institutos. 3/7

No sólo de Retenciones de Ganancias sobre sueldos vive el Fisco.

  • El Régimen General de Retenciones de Ganancias (RG 830)
    Debe aplicarse en los casos de:
    • Compras de bienes.
    • Contrataciones de servicios.
    • Locaciones de obras y/o servicios contratadas.
    • Servicios profesionales contratados.
    • Alquileres de bienes muebles o inmuebles.
  • Los Regímenes de Retención aplicables sobre pagos realizados a:
    • Empresas de Seguridad.
    • Empresas de Limpieza.
       
  • ARBA ¿En qué casos los Institutos deben actuar como Agentes de Retención?

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12/06/2024